Contaminación en el río Suratá
En el último año ha estado en la agenda noticiosa el tema de la contaminación del río Suratá, pues, acorde con la norma, la concentración máxima de mercurio permitida para el agua cruda (aquella que no ha recibido ningún tratamiento y que no ha sido aún inyectada en la red distribución), que es de un microgramo por litro (parámetro para que el agua pueda ingresar a la planta de tratamiento), ha superado, en algunas ocasiones, este umbral como pasó el pasado 26 de febrero, donde esta alcanzó un pico de 5,4 microgramos/litro. Sin embargo, esto no impide que la planta de tratamiento de agua potable de Bosconia (acueducto metropolitano de Bucaramanga) opere en condiciones de normalidad. A pesar de que el agua cruda supere el umbral de un microgramo por litro, si está por debajo de los 15 microgramos por litro, permite la activación del pretratamiendo.
Los principalmente afectados con la contaminación de esta importante fuente proveedora hídrica, alrededor de dos millones de personas, somos quienes nos beneficiamos del sistema del Suratá (su cuenca es abastecedora de agua del área metropolitana de Bucaramanga); pero también, las poblaciones que se encuentran aguas abajo de nuestra ciudad.
Hay que dar una mirada integral, pues todo está concatenado: microcuencas – subcuencas –cuencas – macrocuenca. Recordemos como a la subcuenca del río Suratá convergen las microcuencas de los ríos Vetas, Suratá Alto, Charta, Suratá Bajo y Tona; luego, el río Suratá vierte sus aguas en el río Lebrija (Cuenca), que a su vez desemboca en el río Magdalena (macrocuenca más importante de Colombia). En ese orden de ideas, la contaminación de una de las microcuencas puede afectar una macrocuenca, con afectación para todas las poblaciones que encuentre a su paso, cada río en su trayecto, que, en últimas, termina desembocando en el mar Caribe.
La actividad antrópica, es decir, la intervención del hombre con sus actividades económicas como la minería, en primer lugar, y otras actividades, con menor impacto, como las agrícolas y pecuarias, han aportado a la contaminación. También los procesos de erosión, de origen natural o por la acción humana.
Acorde con el más reciente Estudio Nacional del Agua (ENA), realizado por el IDEAM en 2018, con proyecciones hasta el año 2025, se afirma claramente:
“La calidad del agua es un factor que limita la disponibilidad de este recurso y restringe el rango de posibles usos. Los ríos colombianos reciben y transportan cargas de agua utilizadas en los diferentes procesos socioeconómicos y vertidas mayoritariamente sin tratamiento previo; además, son los receptores de altos volúmenes de sedimentos originados por procesos de erosión, bien sea de origen natural o por acción del hombre”.
“Entre las fuentes principales de contaminación de las aguas superficiales se destacan: las aguas residuales domésticas e industriales, el escurrimiento de agua en zonas de producción agrícola y ganadera, el arrastre de compuestos presentes en la atmósfera por las aguas lluvias y las aguas procedentes de los procesos de extracción minera”.
Recuperación del río Suratá
Para tal fin se requiere, ante todo, de la presencia del Estado colombiano -que ha sido bastante ajeno-, de un trabajo mancomunado y sincronizado entre los diferentes órganos e instituciones estatales, principalmente: la voluntad de las autoridades ambientales, nacionales (Ministerio de Ambiente y la Autoridad Nacional de licencias ambientales, ANLA) y regional (para el caso que nos ocupa la CDMB con sus funciones de inspección, vigilancia y control); el Ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional de Minería (ANM); las administraciones locales de las municipalidades que hacen parte del área de influencia de la subcuenca del río Suratá, y la Fuerza Pública. De hecho, la Procuraduría General de la Nación (PGN), desde el año pasado, ha venido convocando sendas reuniones para tratar la problemática de la contaminación del río Suratá con la participación de las instituciones citadas anteriormente y, en una ocasión, pudimos participar los accionantes de la Sentencia T-361.
Por otra parte, de ninguna manera podemos agravar el problema otorgando licencias ambientales para la explotación a los proyectos de megaminería que se ubiquen por encima de las captaciones (bocatomas) de los acueductos que abastecen a las poblaciones, en nuestro caso del acueducto metropolitano de Bucaramanga (amb). Al respecto ¿qué opinará la PGN?
Uno de los ejes centrales de la Propuesta alternativa de delimitación de Santurbán que, en 2018, presentamos los accionantes de la Sentencia T-361 (2017) es precisamente que los páramos, bajo un concepto de integralidad que incluye sus ecosistemas circunvecinos, son territorio del agua, no de la minería.
Papel de la Procuraduría
El pasado 25 de noviembre, la PGN hizo varias solicitudes a la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), Susana Muhamad.
Dentro de sus peticiones a la cartera de Ambiente, llamó la atención su primera solicitud para que se ajuste o reformule el cronograma detallado del cumplimiento de cada una de las fases establecidas en el Supra 19.2 de la Sentencia T-361 para la nueva delimitación de Santurbán, exigida por la providencia en mención acorde con sus lineamientos, pero a la vez –reza el Oficio 639- “debe obedecer a la necesidad de definir a la mayor brevedad la delimitación del páramo para frenar procesos de explotación ilícita de los recursos que se están agravando ante la falta de esta delimitación, lo anterior aunado a la renuencia u obstaculización de algunos actores al proceso”.
Caben algunas preguntas acorde con la solicitud de la PGN: ¿Sin nueva delimitación de Santurbán no hay Estado eficaz que controle los procesos de explotación ilícita? (es importante recordar que mientras el MADS expide la nueva Resolución de delimitación, continúa vigente la 2090/2014); ¿Se requiere de la delimitación de un páramo para frenar la explotación ilícita? ; ¿Dónde queda entonces nuestra institucionalidad? ; ¿No sería temerario pretender poner en la misma orilla las demoras en la delimitación, la minería ilegal y los opositores que desaprueban otra delimitación amañada en privilegio de los intereses de las transnacionales mineras?
El impacto será cada vez más grave de no tomarse los correctivos, oportunos y pertinentes, y, por contera, si agudizamos más la problemática otorgando licencias ambientales para la explotación a los proyectos de megaminería que se ubiquen por encima de las captaciones (bocatomas) del acueducto metropolitano de Bucaramanga (amb).
El presidente Petro fue enfático al reiterar, en su pasada visita a Málaga (Santander), que el proyecto de Minesa no va, como lo afirmó en su pasada campaña presidencial que lo llevó a la Primera Magistratura.
Todos necesitamos del agua potable para la supervivencia: las personas y el sector productivo. Al igual que todos los seres humanos, todas las empresas requieren del agua para su operación.
Fuente Imagen: Alcaldía Bucaramanga
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de VISIÓN, La Revista Latinoamericana.