¡Bienvenido a Colombia, Acuerdo de Escazú!
El pasado 26 de julio el Senado de la República de Colombia ratificó el Acuerdo de Escazú, un tratado en la defensa ambiental y de los derechos humanos (DD. HH.) que, acorde con su objetivo, busca garantizar la implementación plena y efectiva, en América Latina y el Caribe, de cuatro derechos que se constituyen en los pilares de éste acuerdo: (i) el acceso a la información ambiental; (ii) la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales (participación ambiental); (iii) el acceso a la justicia en asuntos ambientales (justicia ambiental); y la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a (iv) la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible. Sólo resta su paso por la Cámara de Representantes, para la posterior sanción presidencial.
La ratificación del Acuerdo de Escazú por el Estado colombiano es justa y necesaria, enhorabuena, en un país donde ha habido incontables situaciones que evidencian claramente la vulneración de los derechos fundamentales del acceso a la información, la participación ambiental, la justicia ambiental y hasta el derecho a la vida, que inicia con la estigmatización de las lideresas y líderes ambientales que han tenido la valentía de alzar su voz en defensa del agua, la vida, sus territorios y el ambiente, pero que, muchas veces, han sido silenciadas con la muerte.
Con conocimiento de causa, y en calidad de ser uno de los accionantes, me consta cómo durante el proceso de la delimitación de Santurbán, primero de los 37 páramos delimitados en nuestro país -entre los años 2011 y 2014-, fueron vulnerados nuestros derechos fundamentales del acceso a la información, derecho de petición, debido proceso y la participación ambiental, reconocido por la Corte Constitucional (C.C.) en su Sentencia T-361 (2017) tras revisar la tutela que, con la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez, interpusimos el 2 de julio de 2015, para solicitar el amparo de nuestros derechos transgredidos con la expedición de la delimitación de Santurbán de la Resolución 2090 (19/diciembre/2014), por lo cual nuestra más alta Corte exigió al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible hacer una nueva delimitación de Santurbán. Resoluciones que delimitaron otros páramos como Almorzadero y Cruz Verde-Sumapaz quedaron sin efectos, por orden judicial, por las mismas razones (2018).
La T-361 reconoció, entre otros, nuestra legitimidad para solicitar la protección de nuestros derechos vulnerados y el cómo presentamos diversos derechos de petición sobre la manera en que el Ministerio de Ambiente realizó la delimitación: “La participación no se agota con la socialización o la información, puesto que ese fenómeno requiere de la construcción de un consenso razonado para salir de una crisis o conflicto ambiental. Así, no se considera participación cuando las autoridades convocan a la comunidad para que escuche una delimitación del páramo que ya adoptó”, sentenció.
Desconociendo estos antecedentes, el gobierno Duque para dar cumplimiento pero a su vez, absurdamente, en contravía de la misma Sentencia T-361 quiso más que concertar imponer a las comunidades su “Propuesta integrada de delimitación de Santurbán”, vulnerando nuevamente nuestros derechos amparados por aquella, que al igual que su predecesora declarada viciada por la Corte Constitucional, la delimitación de la Resolución 2090 (2014), subordinada a una visión minera, tiene los mismos gravísimos vacíos técnico-científicos como la carencia de los estudios hidrológicos e hidrogeológicos que hemos demandado del Estado hace doce años, desvirtúa el concepto de integralidad y vuelve a dejar “por fuera del páramo” el proyecto de mega minería de la hoy multinacional emiratí-canadiense Minesa.
Los pilares del gobierno Petro de la paz, la justicia social y la justicia ambiental se entrelazan, de manera coherente, con los pilares del Acuerdo de Escazú.
El Acuerdo de Escazú es garante para el acceso a la información, la participación y la justicia ambientales y para la protección de los DD. H.H, y puede evitar el sinsabor y desgaste de las comunidades al tener que acudir a los estrados judiciales para solicitar el amparo de sus derechos vulnerados, aunque con la voluntad política del gobierno entrante Petro, de la que carecieron los gobiernos anteriores, buenos y nuevos aires respirará el ambiente colombiano.
¡Bienvenida su ratificación!
Fuente Imagen: CEPAL
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